REGLAMENTO DE PESCA DEPORTIVA
En ambientes lagunares y fluviales.-
Ministerio de Asuntos Agrarios Provincia de Buenos Aires
La subsecretaria de Pesca y Recursos Naturales de la provincia de Bs. As., a través de las facultades que le confiere la Ley Provincial de Pesca 11.477/93 y su Decreto Reglamentario 3237/95, propende al ordenamiento, manejo y administración de los recursos naturales acuáticos bonaerenses. En ese marco, ha surgido la Disposición 19/96 referida a las modalidades de la Pesca Deportiva, la Disposición 723/97 la cantidad de piezas y tamaño de pesca del pejerrey y la Disposición 1363/97 en lo que respecta a la veda del pejerrey.
Pejerrey : Se permite sólo una caña por pescador, utilizando una línea ya sea de fondo o flote, un máximo de tres anzuelos simples.
Especies variadas : se permite solo una caña por pescador, utilizando en la modalidad de flote un máximo de tres anzuelos simples y de dos para la modalidad de fondo.
Talla mínima de captura y cantidad máxima de piezas a extraer por pescador y por jornada de pesca : 25 cm. Medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal.
Temporada de Pesca :
50 piezas, contemplando las siguientes excepciones :
25 piezas, en las lagunas de Monte y Lobos
15 piezas, en la laguna Camarón Grande
Temporada de Veda :
Del 1/9 al 1/12 según disposición 1363/97, se permite solo la pesca deportiva los días sábados, domingos y feriados a razón de :
15 piezas, en las lagunas de Lobos, Monte, Chascomús, Bragado, La Brava (Balcarce), Camarón Grande y El Carpincho (Junín).
25 piezas, en las lagunas Salada Grande (Gral. Madariaga), Sauce Grande (Monte Hermoso), Del Monte y Cochico (Guamini).
30 piezas, en la laguna Chasicó (Villarino-Puan).
20 piezas, en el resto de las lagunas bonaerenses.
La autoridad de Aplicación determinara anualmente el cupo máximo de extracción p/temporada de pesca y de veda.
Se permite solo una caña por pescador, utilizando para línea de flote un máximo de cinco anzuelos simples y de tres para la modalidad de fondo
No existen restricciones en cuanto al tamaño mínimo de captura ni al numero de piezas a extraer por día y por persona.
Talla mínima de captura y cantidad máxima de piezas a extraer por pescador y por jornada de pesca en ambientes fluviales :
Temporada de Pesca : La talla mínima de captura es de 60 cm. y la cantidad es de 2 pìezas por día y por pescador.
Temporada de Veda : del 1/10 al 15/1 de cada año. La veda de esta especie es de carácter total, no permitiéndose su captura durante este periodo.
No federada : duración año calendario.-
Federada : ídem anterior.-
De Curso : 3 días de duración.-
Turística : 20 días de duración.-
Jubilados : se les exigirá licencia, la que podrá ser solicitada sin cargo presentando el correspondiente carnet.
Av. 51 esq. 12, Torre 1, piso 8, La Plata.-
Delegaciones :
Casa de la provincia de Bs.As. (Cap. Fed.)
Dirección de Fiscalización pesquera (Mar del Plata)
Delegación Chascomús (Estación Hidrobiológica)
Delegación Bahía Blanca.-
Casa de Campo :
Belgrano, Olavaria.-
Municipalidades :
Bolivar,Cnel. Dorrego, Gral. Arenales, Gral. Villegas, Gral. Madariaga, Gonzalez Chavez, Lobos, Mar Chiquita, Magdalena, Monte Hermoso, Patagones, Pehuajo, Pila, Rojas, Suipacha, Tres Arroyos.
Clubes federados :
Club de Pescadores de Junín.-
Club de Cazadores de Junin.-
La infracción a estas reglamentaciones es sancionada con plena multa, suspensión de la inscripción, cancelación de la inscripción y decomiso de los instrumentos utilizados.
Dirección Provincial de Pesca.
Calle 12 esq. 51 Torre 1, piso 8.- Tel.- (021) 295315/20 (1900) La Plata.
PESQUE CON LICENCIA